Este Tribunal Superior Segundo actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano Elías Moreno Higuera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 1.319.666, de este domicilio, contra la decisión dictada por el Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, de fecha 15 de Abril del 2008, en el asunto KP02-R-2008-000277.