Se declara CON LUGAR la aclaratoria de la sentencia definitiva dictada por éste Tribunal en fecha 10/12/2010, la cual fue solicitada por el abogado ENRIQUE COLS LÓPEZ, apoderado judicial del ciudadano ISIDRO PASTOR GIMÉNEZ LINAREZ, y en consecuencia se establece: QUEDA RATIFICADA la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de fecha 30 de Octubre de 2010, en la que declaró sin lugar la demanda de Prescripción Adquisitiva, interpuesta por el ciudadano LUIS CRISTOBAL FUENTES GÓMEZ; en contra de los ciudadanos ELOISA VENANCIA DE JESÚS RODRÍGUEZ DE PÁEZ, FEDERICO DEL CARMEN SUÁREZ RODRÍGUEZ, PEDRO MARÍA SILVA RODRÍGUEZ, ERNESTO CASTAÑEDA RODRÍGUEZ y VÍCTOR JOSÉ RODRÍGUEZ TORRES, y con lugar la acción de tercería incoada por el ciudadano ISIDRO PASTOR GIMÉNEZ LINAREZ, titular de la cédula de identidad No. 415.665.