DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado Miguel Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 133.247, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Pablo José Hernández, titular de la cedula de identidad Nº 18723310, contra la sentencia de Inadmisiblidad de la demanda dictada en fecha 16 de Marzo de 2.016, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CONFIRMANDOSE, en consecuencia la misma.
No hay condenatoria en costas por no haber relación jurídica procesal.
En virtud de haberse dictado fuera del lapso, notifíquese a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 251.....