Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
1°) REPONER LA CAUSA al estado que se oiga la declaración de los adolescentes Orlando Daniel Santelíz, Nora Cristina Santelíz Cardona y Alcides Santelíz Cardona.
2°) SE ANULA EL FALLO DICTADO por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Sala de Juicio N° 2, de fecha 11 de Mayo de 2005; y en consecuencia, se ordena al Tribunal que resulte competente, a emitir una nueva sentencia.
No hay condenatoria en costas en razón de la materia tratada y por la naturaleza repositoria de la decisión.