DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE NICOLAS MENDEZ, asistido por la ABG. RUSSDALIA MENDEZ GALAVIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.427, en contra del auto dictado en fecha 17/11/2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al apelante por haber sido vencido en el recurso interpuesto.
Notifíquese a las partes de la presente sentencia en virtud de haberse dictado fuera del lapso legal de conformidad a lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad a lo previsto.....