DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ¬¬¬SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado JOHANNA BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 92.411, contra la sentencia de inadmisiblidad de la demanda dictada en fecha 08 de Abril de 2015 por el Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, RATIFICÁNDOSE en consecuencia la misma.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
De conformidad a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, en Barquisimeto a los doce (12) días del mes de Junio del .....