Se declara SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la parte querellante en contra de la decisión dictada en fecha 20 de Octubre del 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Carora. Y en consecuencia, SE RATIFICA la misma.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil., se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida.