DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada MAGALY MUÑOZ, inscrita en el IPSA bajo el No. 26.443, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MILEXA TIBISAY PARRA MORALES, identificada en autos contra la sentencia de fecha 17 de Febrero del año 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la cual negó las medidas cautelares solicitadas por la actora, haciendo la salvedad del cambio de motivación supra expuesta. RATIFICANDO en consecuencia la misma, haciendo la salvedad del cambio de motivación supra expuesta.
De conformidad con el artículo 381 del Código Adjetivo Civil, se condena e.....