DECISION
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ¬¬¬¬PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACION, interpuesta por la ABG. LIZBETH BARONE MOLEIRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.892, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio INVERSIONES BARQUIPAN, C.A., en contra de la sentencia de fecha 9 de Noviembre del 2.009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declarándose en consecuencia lo siguiente:
PRIMERO: REPONE la causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia que corresponda conocer de la misma se pronuncie sobre la oposiciones a la admisión de las pruebas hechas por las partes, de conformidad con los artículos 206, 208 y 211 del Código de Procedimien.....