Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ABG. TOMAS COLINA RAMOS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, la firma mercantil SEGUROS LOS ANDES, C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 19 de Noviembre del año 2009, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, la cual en consecuencia, queda así RATIFICADA. Se condena en costas a la parte apelante en virtud de haber salido perdidosa, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.