Este Tribunal Superior Segundo Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional y administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda de amparo intentada por el ciudadano Freddy Couri, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.525.907, contra el acto administrativo de efectos particulares (multa) dictado por el abogado Rubén de Jesús Medina Aldana en su carácter de Juez de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto KH09-X-2007-00023 de fecha 06 de julio del 2007, y DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se ORDENA la remisión inmediata del presente expediente a la URDD Civil para su remisión al mencionado Juzgado.