DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA que el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, es el COMPETENTE, para conocer del asunto signado con el Nº KP02-F-2013-001129, relativo a Juicio de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, intentado por los ciudadanos ANGEL FRANCISCO GOMEZ y YARELIS PASTORA DÍAZ GOMEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.921.935 y 11.589.140, respectivamente.
Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal declarado competente, para que una vez recibido, éste continúe la tramitación del mismo.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístre.....