Se DECLARA LA NULIDAD de todas las actuaciones subsiguientes a la diligencia de fecha 29 de Abril del corriente año, hecha por la abogada DAYANA AGUIRRE BOUSTANI, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 126.048, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora CHARVEL JOSÉ BOUSTANI R., titular de la cédula de identidad No. 4.726.999, en la cual se da por notificada de la decisión definitiva dictada en fecha 27 de Abril de 2010, por el a quo. En consecuencia, SE REPONE la causa al estado a que se notifique de la decisión de marras a los co-demandadas HABIB ELIAS BUJANA COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad No. 4.375.104; y la AGENCIA PUBLICITARIA H.B. DISEÑO COMPAÑÍA ANÓNIMA. No hay condenatoria en costas por la naturaleza repositoria de la presente decisión.