En virtud de las razones precedentemente expuestas este el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, se decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JESÚS DURAN ALFARO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 113.800, en su condición de apoderado judicial del accionante DOMINGO ARTURO GORIS ALVARADO identificado en auto, contra la sentencia definitiva del 30 de mayo del corriente año, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En razón de lo precedentemente decidido, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares, incoada por el ciudadano DOMINGO ARTURO GORIS ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro......