DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por las ABG. EVA GRISELDA MORENO BARRETO y MILENNY CAROLINA FREITEZ MARTINEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 108.871 y 102.231 respectivamente, en su condición de Apoderadas Judiciales del ciudadano JUAN GUALBERTO MORENO SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 3.966.653, parte actora en la presente causa, en contra de la sentencia dictada en fecha 16 de Marzo del año 2.011, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL ESTADO LARA, en el que se declaró sin lugar la demanda de divorcio interpuesta, ratificándose en consecuencia la referida sentencia.
De conformidad con el artículo 281 del Código Adjetivo Civil, se condena en costas a la parte apelan.....