Se DECLARA: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ANTONIO JOSÉ LOSSIO CASTRO, inscrito el Inpreabogado 90.368, en su condición de apoderado judicial de la depositante CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, ya identificada, contra la sentencia de fecha 06 de Noviembre de 2009 dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, modificándose en consecuencia la misma. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la depositaria ANA CECILIA MOSQUERA RAMÍREZ, titular de la cédula de Identidad No. 5.921.427 contra CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO a quien se condena a pagar por concepto de emolumentos por el depósito judicial de el inmueble ubicado en la Avenida Aeropuerto de la ciudad de Carora, Distrito Torres del Estado Lara, el cual tiene una superficie de 322 Mts2, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Carretera Barquisimeto-Carora, ahora Ave.....