DISPOSITVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ABOGADO ZALG SALVADOR ABI HASSAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.585, en su condición de coapoderado actor, contra la decisión dictada en fecha 14 de marzo de 2.013 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en la cual declaró SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato incoada por MATADERO INDUSTRIA LA FE, C.A., en contra de la sociedad mercantil MAPFRE LA SEGURIDAD C.A., ambos identificados en autos, RATIFICÁNDOSE en consecuencia la misma.
De conformidad con el artículo 281 del Código Adjetivo Civil, se condena en costas a la parte actora apelante por haber salido vencida en el recurso de apelació.....