.....como quiera que el aquí accionante en amparo contra decisión judicial no acompañó recaudo alguno, debiendo haber acompañado al mismo copia simple de la sentencia de la cual recurre en amparo o de la impresión de la misma del sistema automatizado informático del Poder judicial (juris 2000), por lo que este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana ELIZABEHT DE JESÚS ARGUELLES DE MARTÍNEZ, actuando en nombre propio y en representación de las empresa PRODUCCIONES AUDIO, SUR C.A. y FESTELAR C.A., todos plenamente identificadas y debidamente asistida por el abogado RUDOLFH JOSÉ KREUBEL CAMERO, contra el fallo dictado en fecha 10 de Noviembre de 2011, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE L.....