Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ROSEDT. Z. SANCHEZ BLANCO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 127.472 actuando en su condición de endosataria en procuración de la parte actora, ciudadana ROCIO EMPERATRIZ CRESPO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.967.704, en contra de la sentencia de fecha 07 de Octubre de 2010, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, la cual en consecuencia queda así RATIFICADA. No hay condenatoria en costas por no ser procedente para el caso de autos, tal como lo preceptúa el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.