PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada María Parra, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 108.328, en su condición de apoderada judicial de los coaccionados DOMENICO ROSETTA; INVERSIONES LAGO C.A., y "RD GRUPO INMCA, C.A.", Contra la decisión definitiva de fecha 29 de julio del 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial., revocándose la misma.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se declara CON LUGAR la oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar , decretada en fecha 11 de agosto del 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, sobre el CINCUENTA POR CIENTO ( 50%) de un inmueble Constituido por un apartamento con terreno propio, situado en el Conjunto Residencial Terrazas Monte Real, identificado con el N° T-3-3 del piso 3, ubicado en la Avenida Terepaima Sector las Delicias, .....