Se declara SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la parte demandante a través de su apoderado judicial Abogado ALEXIS LATUFF BRICEÑO, identificado en autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el día 13 de Octubre del 2003; RATIFICANDOSE la misma. De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costa a la parte apelante.