DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en Lo Civil, Mercantil Y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: SE ANULA el oficio Nro. 268-A, de fecha 18/11/2021, librado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, REPONIÉNDOSE la causa al estado que se abra el cuaderno respectivo, tal como lo acordó el juez en el acta de inhibición, se desglose del principal las presentes actuaciones, y se tramite la incidencia correctamente, enviando a la U.R.D.D. Civil el cuaderno de incidencia a los fines de su distribución entre los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Remítase copia fotostática certificada de la presente decisión al Juez inhibido.....