DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado NABIS DE JESÚS MENDOZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 154.832, en su carácter de apoderado judicial del accionado CHEN YUN ZHEN MG, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.591.947, contra la sentencia definitiva de fecha 18 de Septiembre del 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anulando en consecuencia el auto de admisión de la demanda y todas las actuaciones subsiguientes al mismo, incluida la sentencia recurrida y las realizadas ante esta alzada.
SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que.....