Se DECLARA NULA la diligencia de fecha 26 de septiembre de 2005, consistente en consignación de la boleta de citación de la demandada ORGELIA COROMOTO GIMÉNEZ SEQUERA, hecha por el Alguacil del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y todas las actuaciones a esta incluida la sentencia definitiva apelada y las efectuadas ante esta Alzada. SE REPONE LA CAUSA, al estado que se ordene practicar la citación de la demandada en la dirección solicitada en el libelo de la demanda o en caso de cambio de domicilio, deberá el demandante solicitarlo por escrito que se haga en la nueva dirección. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.