DECISIÓN
En virtud de las consideraciones previas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SE DECLARA NULO el auto de fecha 24-09-2014 dictado por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de esta Circunscripción Judicial y todas las actuaciones subsiguientes a éstas, incluidas las efectuadas en esta alzada y SE REPONE LA CAUSA al estado de que el juzgado a quo se pronuncie sobre la apelación interpuesta en fecha 18-09-2014, por el solicitante Elias Adjam debidamente asistido por el Abogado José Abraham Anzola, en contra de la decisión dictada por el a quo en fecha 12-08-2014.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.
Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del .....