Por virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en la Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por LUDY PEREZ DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA; bajo el N° 90.102, quien actuando en su carácter de apoderada judicial de la firma mercantil CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS SALAS FELICES, SALFECA, C.A., contra el auto de fecha 27/02/2020 que negó la apelación contra el auto interlocutorio dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costa a la parte recurrente de hecho.
Déjese copia certificada de la presente sentencia de conformidad con.....