DISPOTIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por las abogados CARMEN MAGALY ÁLVAREZ y LUIGIA PASSARIELLO VERDICCHIO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 19.534 y 38.257, respectivamente, actuando en su condición de apoderadas judiciales de la ciudadana ITZÉ PÉREZ, identificada en autos, contra la Juez Rosángela Mercedes Sorondo Gil, identificada en autos, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone una multa de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) , la cual debe cancelar el r.....