DECISIÓN
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA que un JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, es el COMPETENTE, para conocer del asunto signado con el Nº KP02-M-2008-000505, relativo a COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN, interpuesto por la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES Y EQUIPAMIENTOS VENEQUIPOS, C.A, y contra el ciudadano OSWALDO ALEXIS MARTÍNEZ LAGOS, todos identificados en autos.
Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la URDD Civil con sede en Caracas, para que sea distribuido a un Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito declarado competente, y una vez recibido, éste continúe.....