Se DECLARA CON LUGAR la inhibición formulada por el DR. OSCAR EDUARDO RIVERO LÓPEZ, en su condición de Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la ACCION DE AMPARO SOBREVENIDO intentado por el ciudadano GRITZKO TERAN MOGOLLON contra el ciudadano VICTOR AMARO PIÑA, quien fundamenta la presente inhibición en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.