En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado PIER PAOLO PASCERI, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 48.194, en su condición de Apoderado Judicial de la Parte Accionante Recurrente ciudadanos: MARÍA TERESA SPADOLA DE LENTY y JENNY R. LENTY SPADOLA, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad N° V-7.382.212 y V-7.319.345 respectivamente, actuando estas también a favor del condueño GIOVANNI R. LENTINI SPADOLA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 7.404.429; contra la Decisión de fecha 16 de Enero del corriente año, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Esta.....