En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgador Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado LUDY PÉREZ DE GONZÁLEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 90.192, en su condición de apoderada judicial del accionado, ciudadano FRANKLIN DANIEL PEÑA BARRETO, contra la decisión interlocutoria de fecha 15 de junio de 2017, dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, quedando en consecuencia ratificado el mismo; y así se decide.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costa a la parte recurrente.
De conformidad a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del pr.....