DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Rafael Rondón, inscrito en el IPSA bajo el Nº 55.261, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ELOIDA DEL CARMEN RONDON, identificada en autos contra la sentencia de fecha 15 de Julio del 2019, dictada por el juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anulándose en consecuencia la misma, procediendo esta Alzada de conformidad con el artículo 209 del Código Adjetivo Civil, a emitir su propia sentencia sobre el fondo del asunto, tal como infra se expondrá:
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción.....