DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la ABOGADA INGRID GARRIDO GOMEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 113.845, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ANA ENRIQUETA JAROSZ PRADO, titular de la cédula de identidad Nº 7.324.510, contra la sentencia definitiva de fecha 14 de Abril del año 2014 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, revocándose en consecuencia la misma, decidiéndose en su lugar lo siguiente:
CON LUGAR la acción de Reconocimiento de Unión Estable de Hecho incoada por la ciudadana ANA ENRIQUETA JAROSZ PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.324.510, en contra de los ciudadanos.....