DECISIÓN
En virtud de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por la abogado la abogado MARLEN ARIAS en su condición de apoderada judicial del ciudadano RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ RUIZ, ambos identificados en autos, en contra de la decisión interlocutoria dictada en fecha 13 de abril de 2.015, por el JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Remítase copia certificada del presente fallo, al JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte recurrente.
Déjese copia certificada de la presente sentenc.....