DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide.
SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO, interpuesto por el abogado Mario Meléndez Guedez, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 6.228, en su condición de apoderado judicial de la accionante ciudadana Elsy Josefina Caruci de Meléndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.540.516., contra el auto de fecha 20 de Febrero del corriente año dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sal.....