ÚNICO: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JORGE GREGORIO MOUBAYYED TAHAN, titular de la cédula de identidad N° 10.761.700, asistido por el abogado RUBÉN JOSÉ COLMENARES GARCÍA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 262.317, contra los autos de fecha 24 de marzo, 08 de abril, 20 de abril, y 26 de abril del año 2021, en el asunto signado bajo la nomenclatura KP02-M-2020-000008, llevado ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
Publíquese, regístrese. Expídase copia certificada de la presente decisión para ser agregada al Libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimet.....