VI
DECISIÓN
Por las razones precedentes mencionadas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer y decidir el recurso de hecho interpuesto por la abogado Daymer Suárez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 249.019, asistiendo a la ciudadana Mireya Maritza Guaido de Pérez, contra el auto de fecha quince (15) de noviembre de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto.
TERCERO: Se CONFIRMA el auto dictado en fecha quince (15) de noviembre de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual niega oír el recur.....