este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Niega la homologación del desistimiento efectuado por la parte recurrente; 2.- De oficio LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el autónomo recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil COLMON C.A., identificada con el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-085216952, inscrita ante el Registro Mercantil Primero del estado Lara en fecha 16 de julio de 1987 bajo el No. 46, Tomo 2-G, con domicilio en calle Los Comuneros, Centro Comercial Ejecutivo Los Leones, piso 1, oficina 1-8, Urbanización Parque del Este, Barquisimeto, representada por el ciudadano Juan Carlos Colmenárez Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nro. 7.351.798, en su carácter de Director Gerente, asistido por la Abogada María A. García Carucí, INPREABOGADO No. 66.840, en contra de la Resolución G.....