Ahora bien acordada como fue la Medida Alternativa solicitada por le defensa La Juez en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 le impuso un régimen de prueba de 1 AÑO contados a partir de la fecha en que el imputado JOHAN CARLOS ALVAREZ FIGUEROA, titular de la Cedula de Identidad V. 14.842.042; Fecha de Nacimiento: 25-02-1981; Edad: 29 años; Lugar de Nacimiento: Carora - Edo Lara; Hijo de Yorma Figueroa y Aníbal Álvarez; Profesión u Oficio: Albañil; Grado de Instrucción: 2 do año de Bachillerato; Residenciado en: Avenida 14 de Febrero, Sector Alirio Díaz, por donde esta la Cauchera, a 50 metros de la Agrotienda Socialista. Carora- Estado Lara. Teléfono: 0416-5451422, de inicio efectivo al régimen de prueba impuesto al presentarse a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario ante el Delegado de Prueba que se le designe, y le impuso las condiciones que a continuación se especifican:
- La .....