DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 10° de Control Estadal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por el Ministerio Público, por el delito de: OCULTAMIENTO Y TRANSPORTE DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, vigente para la fecha del hecho (acusación fiscal fechada 29-5-2000), en contra del ciudadano LEONEL BARBOZA VILCHEZ, titular de la cédula de identidad nº V-12.621.240 SEGUNDO: SE ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público por ser legales, licitas y necesarias y pertinentes al juicio oral y publico, a las cuales la Defensa se adhiere por el principio de comunidad de las pruebas. TERCERO: SE MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL.....