En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Unipersonal en Función de Juicio Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano ADERMIS ANTONIO CASTILLO OSAL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido el 16/06/1981 en ésta ciudad, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.649.690, de estado civil soltero, hijo de Trino Castillo y Edilia Osal, de profesión u oficio Electricista, residenciado en Barrio Los Naranjos calle 6 entre 2 y 3, rancho en forma de casa de INAVI, Barquisimeto Estado Lara, asistido por el Defensor Público Abogado Carlos Andrés Pérez, por el delito de Asalto a Unidad de Transporte Público en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 357 Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos en concordancia con lo dispuesto en los artí.....