Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano CIUDADANOS YESEDRICK JESÚS MENDOZA MENDOZA, TITULAR Y PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 14.160.571 Y JUAN CARLOS VIZCAYA PÉREZ, TITULAR Y PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 12.702.419, anteriormente identificado, por los hechos que le imputara el Ministerio Públicoy que no quedaron demostrados en el debate probatorio y cuya autoría, por ende, no les puede ser atribuida, en consecuencia se les considera inocente. Sentencia Absolutoria que se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código orgánico Procesal Penal. Se ordenó la libertad plena de los ciudadanos YESEDRICK JESÚS MENDOZA MENDOZA, TITULAR Y PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 14.160.571 Y JUAN CARLOS VIZCAYA PÉREZ, T.....