Visto el escrito presentado por la Dra. HEIZA COROMOTO VARGAS, este Tribunal analizada dicha solicitud, y previa las consideraciones aquí explanadas, se insta a la profesional del derecho, abstenerse en futuras oportunidades de dirigirse al Tribunal, en términos que pudieran llegar a considerarse irrespetuosos, máxime cuando la falta es atribuible al imputado JOHAN PARRA quien también es su defendido y por ende, mal puede el mismo, en forma personal o a través de su defensa obtener beneficio alguno de su peculiar conducta.-