En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Juicio Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY declara SIN LUGAR la solicitud formulada por la Abogada ERIKA TOUSSANT en su condición de Defensora Privada del ciudadano JAVIER DE JESÚS TOVAR ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº 22.936.080, en relación a la sustitución de la medida de privación preventiva de libertad decretada a su representado.
Notifíquese a la Defensa de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Veintiocho (28) días del mes de Junio del 2.011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.