Visto escrito presentado por el Dr. PEDRO JOSE TROCONIS DA SILVA, Defensor privado del Ciudadano JOSE JESUS GONZALEZ, y analizada la presente causa, previa las consideraciones plasmadas en la presente decisión, este Tribunal asume el poder jurisdiccional del presente asunto, que se ventilara tal como lo ha solicitado la defensa del co-imputado JOSE JESUS GONZALEZ RIVERO, como tribunal unipersonal, de conformidad con lo previsto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de lo cual y sin más dilación se fija el día 12-04-05 como oportunidad para realizar el Juicio Oral y Público a tenor de lo previsto en el primer aparte del artículo 342 ejusdem, cuando deberán comparecer las partes.-