Visto que en fecha 19-2-05 os Dres. Pedro Troconis Da Silva y Paul Russo Gonzalez, actuando en su condición de Apoderados Judiciales de la Ciudadana Mirian Nuñez, madre de la Víctima (occiso Felix Arcia Nuñez) quienes solicitan al Tribunal se constituya en Tribunal Unipersonal a los fines de proseguir el Juicio. Pendiente como está la realización del acto acordado por el Tribunal, el cual deberá celebrarse el día primero del mes de Junio del presente año, resulta pertinente esperar las resultas de lo ya acordado por el Tribunal, en aras de garantizar la participación ciudadana y el debido proceso, puesto que no se han agotado los extremos previstos en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, que prevé en principio como un derecho exclusivo del imputado, prescindir del Tribunal Mixto. Por lo que se declara sin lugar la solicitud presentada por los abogados de la víctima.-