PARTE DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- ACUERDA SUSTITUIR LAS MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS al ciudadano GUSTAVO ADOLFO SILVERA RIERA de presentaciones periódicas cada 30 días y prohibición de salida del Estado Lara, conforme a los numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar IMPONE la de PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS SIN LA AUTORIZACIÓN DEL TRIBUNAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, se deja constancia de que este Tribunal no estimó el DECAIMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS, con fundamento al artículo 244 eiusdem, por no haber transcurrido el lapso de DOS (02) AÑOS ni haberse sobrepasado la pena m.....