PARTE DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, advirtiendo la PROCEDENCIA del Recurso de Revocación, se DECLARA: CON LUGAR EL RECURSO DE REVOCACIÓN, interpuesto y fundamentado oralmente por el Defensor Privado Abg. PEDRO TROCONIS, en contra del auto de fijación de la Audiencia de Constitución de Tribunal para el día 20-02-2008. Todo de conformidad con lo establecido en el art 444 del COPP. En consecuencia, acuerda deja sin efecto el mencionado auto de mero trámite y ordena fijar oportunidad por Secretaría para una fecha más próxima antes del vencimiento de los 30 días hábiles desde la recepción de las actuaciones. Dejándose constancia que dicha fecha no podrá ser posterior al 09-01-2008. Remítase a Secret.....