En fecha 30 de noviembre de 2009, se celebró audiencia preliminar conforme al artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, ante el tribunal de Control Nº 5. Para la fecha en cuestión, esta Juzgadora se encontraba a cargo de dicho despacho judicial, y en consecuencia admitió la acusación presentada en contra de los imputados JUAN CARLOS AMARO APOSTOL, Cédula de Identidad Nº: 25.400.470, YOENDRI ANONIO BECCEIRA, Cédula de Identidad Nº: 17.835.749, DARWIN ENRIQUE GUTIERREZ LINAREZ, Cédula de Identidad Nº: 24.354.501, Y CARLOS EDUARDO PEREZ TIMAURE, Cédula de Identidad Nº: 15.445.933, ordenando la apertura del juicio oral y público y el enjuiciamiento del mismo.
2.- En este sentido, estima quien juzga, que en la oportunidad legal correspondiente, emitió el pronunciamiento pertinente en la referida audiencia. En consecuencia, al haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella en el ejercicio propio de las funciones que como Juez de Control me eran atribuidas por ley, por .....