Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio No 3 del Circuito Judicial
Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el
Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA a ALPIDIO JOSÉ LAMEDA, venezolano, de 52 años de edad, casado, Nacido en el Tocuyo e l 06-10-1952, Titular de la Cédula Identidad No 4.415.709. Hijo de Paule Lameda y Juan González. Residenciado en la calle 3 con carrera 9 No 9-69, Urbanización Coromoto, cerca de la bomba de gasolina, El Tocuyo, Estado Lara. A cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal; por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. El t.....